San Leandro Unified School DistrictTradición e Innovación
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San Leandro Unified School District apoya el aprendizaje profesional continuo tanto para el personal certificado como para el clasificado. A través de convenios de negociación colectiva, los empleados pueden obtener créditos de desarrollo profesional por cursos y capacitaciones que fortalezcan sus habilidades, apoyen su desarrollo profesional y satisfagan las necesidades del Distrito. Los detalles del programa varían según la unidad de negociación y se detallan a continuación.

San Leandro Teachers Association (SLTA)

Propósito
Reconoce los cursos avanzados y el aprendizaje profesional que respaldan la asignación de un empleado certificado y que pueden resultar en un avance en la escala salarial.

Elegibilidad

  • Licenciatura + 60 unidades
  • Al menos un año en el Paso 10, Clase III

Cursos elegibles

  • Colegios y universidades acreditadas
  • Cursos en servicio aprobados por el distrito

Límite anual de unidades

  • Hasta 10 unidades semestrales por año escolar

Límites de cursos de capacitación en servicio

  • Máximo 2 unidades por semestre o 4 unidades por año
  • No se pueden aplicar más de 6 unidades a cada 15 unidades requeridas para una clasificación salarial
  • Se requiere aprobación previa si no se otorgan créditos de un colegio o universidad

Plazos de presentación

  • Las unidades se pueden presentar una vez por año escolar
  • Las solicitudes se pueden presentar en cualquier momento del año
  • La verificación y la justificación deben presentarse antes del 31 de octubre

Documentación requerida

  • Expedientes académicos oficiales o constancias de finalización
  • Justificación escrita que vincule los cursos con la asignación

Proceso de revisión

  • Revisado por un Comité de Crecimiento Profesional dentro de las dos semanas posteriores al 31 de octubre
  • El comité incluye a dos personas designadas por la SLTA y dos personas designadas por el Superintendente
  • Recomendaciones enviadas al Superintendente Adjunto de Servicios de Personal

Si el curso no es aprobado

  • El empleado puede presentarse ante el comité para proporcionar información adicional

Impacto salarial

  • Las unidades aprobadas pueden dar lugar a un avance de columna
  • El avance entra en vigor al mes siguiente, de acuerdo con las fechas límite de nómina

Conversión de unidades

  • Las horas de desarrollo profesional se convierten a equivalentes de unidades semestrales para fines salariales

Contacto
Oficina de Servicios de Personal

Asociación de Empleados Escolares de California (CSEA)

Propósito
Apoya el aprendizaje continuo y relacionado con el trabajo que fortalece el desempeño en el puesto actual de un empleado clasificado o lo prepara para puestos actuales o futuros en el Distrito.

Elegibilidad

  • Empleados clasificados regulares después de tres (3) años completos de servicio en el Distrito
  • Las unidades obtenidas previamente se conservan si se vuelve a contratar dentro de los 39 meses posteriores a una reducción de personal

Cursos y actividades elegibles

  • Cursos universitarios y de colegios comunitarios
  • Cursos de la Escuela de Adultos (15 horas = 1 unidad)
  • Escuelas de oficios (incluidos institutos de comercio)
  • Talleres, institutos, seminarios y conferencias relacionados con el trabajo (15 horas = 1 unidad)

Límite anual de unidades

  • Hasta 10 unidades semestrales por año
  • Máximo de 40 unidades en total

Cursos no elegibles

  • Requerido para abordar una evaluación dudosa o insatisfactoria
  • Tomado durante el horario de trabajo remunerado
  • Pagado por el Distrito

Envío y aprobación

  • Se requiere aprobación previa del Superintendente Asistente de Servicios Administrativos o de la persona designada
  • Aprobación solicitada mediante un formulario de Servicios de Personal

Documentación requerida

  • Formulario de solicitud aprobado
  • Expedientes académicos oficiales, informes de calificaciones o constancias de finalización

Proceso de revisión / apelación

  • Las denegaciones se pueden apelar dentro de los 15 días naturales
  • Revisado por un Comité de Revisión de Desarrollo Profesional
  • El comité incluye dos miembros de CSEA y dos administradores
  • El empleado puede hacer una presentación oral o escrita
  • La decisión del comité es definitiva

Impacto salarial

  • Asignación por desarrollo profesional de $50 por unidad aprobada
  • Pago ajustado según el estado de FTE

Fechas de entrada en vigor

  • Documentación vence el 30 de junio
  • Aumentos aprobados a partir del 1 de julio
  • Cursos completados entre el 1 de julio y el 31 de agosto, con vigencia a partir del 1 de septiembre
  • El empleado debe estar en estado remunerado para recibir el pago

Conversión de unidades

  • Talleres y actividades: 1 unidad por cada 15 horas
  • Las unidades trimestrales se prorratean a unidades semestrales
  • Calificación mínima de C o Aprobado

Contacto
Oficina de Servicios de Personal