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¿Qué es la Sección 504 de la Ley de Rehabilitación de 1973?

El Artículo 504 es la parte de la Ley de Rehabilitación de 1973 que se aplica a las personas con discapacidades. Es una ley de derechos civiles que establece que ninguna persona con una discapacidad que esté calificada para participar puede ser excluida de los beneficios o recibir una negativa de los mismos en ningún programa que reciba asistencia financiera federal.

La Sección 504 es una responsabilidad de la educación general.

A diferencia de la Ley de Educación para Personas con Discapacidades (IDEA) de 2004, la Sección 504 de la Ley de Rehabilitación de 1973 no proporciona fondos para programas o servicios especiales.

¿Cómo define la Sección 504 una “Discapacidad”?

Una persona que califica para un plan 504 tiene un impedimento mental o físico que limita sustancialmente una o más de sus actividades cotidianas principales. Para que un impedimento limite de manera sustancial, debe obstaculizar el acceso del estudiante en un "grado importante o considerable". Los ejemplos comunes incluyen enfermedades transmisibles (VIH, tuberculosis), afecciones médicas (trastorno por déficit de atención, asma, alergias, diabetes, enfermedades cardíacas, trastornos convulsivos, lesión cerebral traumática, etc.), afecciones médicas temporales debidas a enfermedades o accidentes, y trastornos psicológicos.

¿Qué es una actividad vital importante?

Esto incluye funciones tales como el cuidado personal, realizar tareas manuales, caminar, ver, oír, hablar, respirar, aprender y trabajar. En la escuela, el "aprender" suele identificarse con frecuencia como el área de dificultad.

¿Cómo sabemos si un estudiante es elegible para un Plan 504?

Si el personal escolar tiene motivos para creer que, debido a una discapacidad según se define en la Sección 504, un estudiante necesita adaptaciones o servicios especiales en el salón de clases regular para participar en el programa escolar, el personal debe evaluarlo. Esto no es necesariamente lo mismo que una evaluación para Educación Especial. El personal puede utilizar información existente, como calificaciones, informes de asistencia, información del expediente acumulativo, observaciones e información de pruebas formales o informales. La información sobre el desempeño actual en el salón de clases es fundamental. Los padres pueden proporcionar información de médicos privados, terapeutas, etc.

El estudiante debe tener algún tipo de discapacidad identificable para calificar para un plan de la Sección 504. Además, tenga en cuenta que el optar por ignorar o no identificar a un estudiante que necesita un plan 504 no exime al personal escolar de la responsabilidad de brindarle acceso y puede resultar en problemas legales tanto para el distrito como a nivel personal.

¿Qué significa hacer adaptaciones?

Las adaptaciones son ajustes realizados por los maestros de clase y otro personal escolar para ayudar a los estudiantes a beneficiarse de su programa educativo en la misma medida que los estudiantes sin discapacidades. Es importante que el plan especifique las adaptaciones que sean necesarias en este momento para poner al estudiante en igualdad de condiciones con el estudiante sin discapacidades. Revise los planes anualmente para evaluar su idoneidad.

Las preocupaciones originales con respecto a los temas de "acceso" para personas con discapacidades se centraban en el acceso físico: rampas, rebajes de acera, elevadores, baños, etc. En los últimos años, la Oficina de Derechos Civiles ha tomado una postura activa para ampliar la definición de "acceso" e incluir la implementación de adaptaciones especiales en el salón de clases a fin de permitir que un estudiante con discapacidad se beneficie de su educación.

Proceso de remisión:

Por favor, comuníquese con su escuela.